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Ciudadanía

El Departamento Cittadinanza recibe, previa cita, para tratar los casos de ciudadanía.

Desde las 14.00 hasta las 15.00 el Departamento Cittadinanza responde a los siguientes números de teléfono +58 212 21.21.110.

Por ley (requisito indispensable), cada Consulado recibe solicitudes de ciudadanía ÚNICAMENTE DE QUIEN RESIDE EN SU CIRCUNSCRIPCIÓN (en el caso de Caracas, solo quien reside en Venezuela, EXCLUYENDO LOS 5 ESTADOS DE OCCIDENTE: Zulia, Mérida, Táchira, Falcón y Trujillo, que son competencia del Consulado de Maracaibo)

Para las solicitudes de ciudadanía los usuarios deberán presentarse personalmente ante este Consulado General sin excepciones. Se recuerda que el pago de los aranceles consulares está vinculado al examen del trámite y no a su resultado, por lo tanto en caso de no poder ser recibido el trámite por falta de documentos o por requisitos previstos por la ley, el monto cancelado NO SERÁ REMBOLSADO.

Para las informaciones sobre los requisitos de los trámites es posible consultar los siguientes link:

La ciudadanía italiana se basa en el principio del iussanguinis, según el cual los hijos de ciudadanos italianos son a su vez italianos (cabe destacar que las madres italianas sólo transmiten la ciudadanía a partir del 01/01/1948, por efecto de una sentencia específica de la Corte Constitucional).

Actualmente, la ciudadanía italiana se rige según las disposiciones de la Ley n. 91 del 05/02/1992.

El decreto – ley Nro 36 del 28 de marzo del 2025 fue convertido con modificaciones mediante la ley Nro 74 del 23 de mayo del 2025, con vigencia a partir del 24 de mayo de 2025.

Por lo tanto, con base a la nueva ley Nro. 91 del 1992, es reconocido ciudadano italiano iure sanguinis (desde el nacimiento):

  • el solicitante nacido en Italia en cualquier fecha;
  • el solicitante que posea exclusivamente la ciudadanía italiana, es decir que no posee ni puede poseer alguna otra ciudadanía (circunstancia que de hecho no se verifica en países como Venezuela, donde rige el principio iure soli y por el que se es venezolano por el solo hecho de haber nacido en Venezuela).
  • el solicitante que se encuentre comprendido en alguno de los supuestos enunciados en el artículo 3-bis, literales a), a-bis), b), c) y d).

A la luz de la nueva normativa se aclara que:

1) Solo a las solicitudes presentadas antes del 27 de marzo de 2025 a las 23:59 hora italiana, acompañadas de la documentación necesaria, se les aplica la normativa anterior.

Se entiende por solicitudes “presentadas”:

  • Aquellas consignadas en la taquilla de la Oficina consular antes de la hora y fecha arriba indicadas;
  • Aquellas remitidas mediante correo con guía de seguimiento de hora y fecha anterior al término arriba indicado;
  • Aquellas remitidas mediante correo sin guía de seguimiento de hora y fecha, y recibidas en la Oficina consular antes del término arriba indicado;
  • Aquellas recibidas en el portal Fast-It antes del término arriba indicado.

 2) Solo a las solicitudes, acompañadas de la documentación necesaria, presentadas en la Oficina consular en el día señalado en la cita pautada y comunicada al interesado por la oficina competente antes de las 23:59 hora de Roma del 27 de marzo del 2025, se les aplica la normativa anterior.

Se entiende por “cita comunicada al interesado por la oficina competente”, la confirmación recibida mediante correo electrónico por el interesado desde el portal Prenotami o desde la dirección de correo electrónico institucional de la Sección de la oficina consular competente para el conocimiento de la solicitud.

 3) En cualquier otra circunstancia, a las solicitudes se les aplica la nueva normativa.

Por necesaria documentación a presentar, los interesados deberán suministrar la documentación contemplada por la Circular K.28.1 del 08 de abril de 1991 del Ministerio dell’Interno. Para mayores informaciones es posible consultar la sección de ciudadanía jure sanguinis.

Para la aplicación de la nueva normativa, adicionalmente se debe presentar:

Para demostrar exclusivamente la posesión de la ciudadanía italiana (a modo de ejemplo):

  • Certificados negativos de ciudadanía, emitidos por las comptetentes Autoridades extranjeras;
  • Declaraciones de haber renunciado a la ciudadanía, emitidos por las comptetentes Autoridades extranjeras;
  • Certificados de no inscripción en registros electorales, emitidos por las comptetentes Autoridades extranjeras;

Para demostrar haber residido en Italia al menos dos años de manera continua:

  • Certificado histórico de residencia, emitido por el Comune competente.

Adquisición de la ciudadanía por “beneficio de ley” (hijos menores nacidos en el exterior)

En dos casos previstos por ley, los hijos menores nacidos en el extranjero de padre ciudadano italiano que no transmite automaticamente la ciudadanía italiana pueden adquirir la ciudadanía italiana (aun cuando el menor beneficiario no será ciudadano italiano por nacimiento o iure sanguinis y, con fundamento en el artículo 15 de la ley N.91 /1992, no adquirirá la ciudadanía desde el día del nacimiento, sino al día siguiente en que se verifiquen las condiciones previstas por la ley).

En el primer caso, deben poseer conjuntamente los siguientes supuestos:

  • uno de los padres es ciudadano por nacimiento. Se excluyen, por lo tanto, los casos de ciudadanos por naturalización, “por beneficio de ley”, por matrimonio, por readquisición o bien iuris communicationae (art.14 de la ley 91/1992).
  • ambos padres (incluso el padre extranjero) o el tutor presentan una declaración de voluntad de adquisición de la ciudadanía dentro de un año despues del nacimiento (o a partir de la fecha sucesiva en la que fue establecida la filiación del ciudadano italiano o aquella en la que fue decidida la adopción porparte del ciudadano italiano durante la minoría de edad del hijo). Si se verifica primero el reconocimiento por parte del padre extranjero (o ciudadano italiano no por nacimiento sino a otro título), el término de un año será computado a partir del reconocimiento por parte del segundo padre ciudadano por nacimiento.

La declaración de voluntad de la adquisición de la ciudadanía italiana debe ser formal y efectuada de manera personal, en presencia del funcionario delegado para el ejercicio de las funciones de registro civil. Si los padres no rinden la declaración simultáneamente, el requisito de ley se considera satisfecho en la fecha en la que es presentada la declaración del segundo progenitor.  Si la filiación ha sido establecida respecto a una sola persona (o si el otro progenitor ha fallecido), será suficiente la declaración de un solo padre.

En el caso del establecimiento de residencia legal del menor de edad en Italia, la declaración puede ser presentada también posteriormente al cumplimiento del plazo de un año desde el nacimiento, pero la residencia debe perdurar al menos dos años continuos después de la declaración de voluntad de adquisición de la ciudadanía presentada por los padres.

El segundo caso se aplica, cuando subsisten todas las siguientes condiciones:

  • personas menores de edad a la fecha de entrada en vigencia de la ley de conversión, esto es, personas que no habían cumplido 18 años de edad al 24 de mayo de 2025;
  • hijos de ciudadanos por nacimiento, en otras palabras, los padres deben ser reconocidos italianos sobre la base de solicitud administrative o judicial presentada antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025 o sobre la base de solicitud presentada sobre la base de cita comunicada porla Oficina consular o por el Comune antes de la misma fecha;
  • la declaración de los padres o del tutor debe ser presentada a la Oficina consular antes del 31 de mayo de 2026.

Si el interesado, menor de edad para la fecha 24 de mayo de 2025, durante ese tiempo, alcanza la mayoría de edad, la declaración deberá ser presentada por éste personalmente dentro del mismo termino.

Las declaraciones deben ser rendidas presencialmente en la Oficina consular ante los funcionarios designados para las funciones de registro civil.

Para mayores informaciones, se puede visitar la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia o consultar la sección de preguntas frecuentes.