Se recuerda que el VOTO es un derecho tutelado por la Constitución italiana y que, en virtud de la Ley 459/2001, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORRESPONDENCIA, recibiendo el material electoral en el propio domicilio de residencia. Para ello, se recomienda revisar y actualizar la propia dirección y datos en el Consulado, utilizando el portal online de servicios consulares Fast It.
Como alternativa al voto por correspondencia, los electores inscritos en el AIRE pueden DECIDIR VOTAR EN ITALIA ANTE EL PROPIO COMUNE DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando por escrito la propia decisión (OPZIONE) al Consulado a más tardar el 10° día después de la convocatoria de las votaciones. Los electores que decidan votar en Italia recibirán del respectivo Comune su tarjetón-aviso para votar ante la mesa electoral en Italia. La opción de votar en Italia vale sólo para la consulta referendaria para la cual se solicita.
En todo caso, se reitera que la opción DEBE LLEGAR al Consulado A MÁS TARDAR EL DÉCIMO DÍA DESDE LA CONVOCATORIA DE LAS VOTACIONES, ES DECIR EL DÍA 10/04/2025. Dicha comunicación puede redactarse en una hoja simple y, para que tenga valor, debe contener el nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector. Además, la carta deberá estar acompañada de un documento de identidad del declarante.
Para dicha comunicación se puede utilizar la siguiente plantilla (modulo), que se encuentra también disponible en la página web del Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale (www.esteri.it).
La planilla, debidamente rellenada, firmada y acompañada del documento de identidad, puede ser enviada a la dirección de correo elettorale.caracas@esteri.it o consignada directamente ante el Consulado general, durante los horarios de atención al público.
Como contemplado por las disposiciones de ley vigentes, es responsabilidad de los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correspondencia llegue a tiempo a la Oficina consular. Las solicitudes que lleguen superado el mencionado lapso NO podrán considerarse válidas.
La opción para votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA con una comunicación por escrito a enviar o consignar a la Oficina consular con las mismos criterios y plazos contemplados para la opción.
Si se decide regresar a Italia para votar, la Ley NO contempla algún tipo de rembolso por los gastos de viaje, sino tarifas favorables en el interior del territorio italiano.